Las reglas Incoterms de la Cámara de Comercio
Internacional (International Chamber of Commerce - ICC por sus siglas en
inglés) definen las condiciones por las cuales ambas partes, compradoras y
vendedoras, acuerdan se regirán los contratos de compraventa. En ellas se
encuentran las cláusulas estandarizadas sobre dónde y cuándo se realiza la
entrega de las mercancías y cuando se transfiere la responsabilidad. Hoy en día
son de uso frecuente en todo el mundo y se han convertido en el lenguaje
cotidiano del comercio.
CÁMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL
La
Cámara de Comercio Internacional (ICC) se creó en el año 1919 en Francia. Es
una organización que se encarga de brindar protección a las empresas de los
diferentes países del mundo en lo que se refiere a las operaciones comerciales.
Constituida con personalidad propia y naturaleza jurídica asociativa.
Cabe mencionar que la ICC es la única organización
empresarial que tiene el estatus de organismo de consulta ante las Naciones
Unidas y sus organismos especializados. Esto es de gran importancia puesto que
hoy en día existe mayor interdependencia entre naciones, es decir, lo que
sucede en una economía repercute en las demás.
Este grupo de profesionales empezó recopilando la
información que contenían los distintos contratos según los países y sectores,
así como los distintos medios de transporte.
En un primer estudio, se limitaron a analizar seis
términos comunes en trece países distintos. Después de realizar encuestas y
recopilar la aceptación de los comerciantes, procedieron con una segunda fase.
Después de la Primera Guerra Mundial, los flujos de
comercio entre países vivieron un auge muy importante. En ese momento fue
cuando un grupo de financieros, industriales, comerciantes y economistas
decidieron trabajar conjuntamente para la creación de unas reglas estándares
para facilitar y aclarar los conceptos en el comercio de mercancías.
En esta última fase, previa a la publicación de las
primeras reglas Incoterms, se expandió el campo de estudio para abarcar a más
de treinta países.
MISIÓN DE LA CÁMARA
La misión de la Cámara es fomentar el comercio y la
inversión entre las empresas del mundo en los distintos sectores, así como
ayudarlas a enfrentarse a cada uno de los retos y oportunidades que la
globalización ofrece. Para lograr esta misión, la ICC cuenta con un amplio grupo
de miembros con más de 45 millones de empresas en más de 100 países que
realizan operaciones internacionales, así como organizaciones empresariales,
entre ellas, las Cámaras de Comercio de los diferentes países.
Además, tiene a su cargo diferentes acciones como:
i.
Proveer servicios especializados y prácticos para la
comunidad empresarial internacional.
ii.
Determinar los puntos de vista de las sociedades,
empresas y organizaciones que se involucran en el comercio internacional.
iii.
Ser portavoz de las empresas ante las instituciones
intergubernamentales, gobiernos, y otros organismos importantes.
iv.
Representar a todos los sectores e industrias
involucrados.
ORGANIGRAMA
En su organigrama, la Cámara tiene a grandes
profesionales los cuales son representantes de empresas multinacionales
alrededor del mundo.
La ICC está gobernada por la Asamblea General (World
Council) que, a su vez, consta de sus delegados quienes son miembros ejecutivos
en sus empresas.
En el siguiente escalón, aparecen el Presidente, Vicepresidente
y el Secretario General; quienes, elegidos por la Asamblea General, son los
encargados de trabajar junto con los comités nacionales para llevar a cabo el
cometido de la Cámara.
Y, en última instancia, encontramos el Grupo
Ejecutivo (Executive Board) que es el responsable del desarrollo, la
estrategia, las políticas y el programa de acción que debe seguir la Cámara.
INCOTERMS A LO LARGO DE LOS AÑOS
Actualmente están en vigor los Incoterms 2020 (a
partir 1 de enero 2020), pero no por ello significa que no puedan usarse los de
versiones anteriores. De ahí viene la necesidad de especificar tanto la regla
incoterms como el año de la versión usados en cada contrato.
La ICC ha realizado varias actualizaciones desde la
creación de las primeras reglas en 1936 (con revisiones en 1945, 1953, 1967,
1976, 1980, 1990, 2000, 2010 y 2020) para adaptarse y reflejar los cambios
vividos en el comercio internacional durante todos estos años.
Después de un estudio a diferentes comerciantes de todo
el mundo, se establecieron las seis primeras reglas Incoterms que, junto con
sus definiciones, incorporaban también aclaraciones para evitar dobles
interpretaciones según el país o comerciantes.
Al finalizar un segundo estudio, se publicó la
primera versión de los Incoterms en 1936 (incluyendo los términos FAS, FOB,
C&F, CIF, Ex Ship y Ex Quay).
Debido al inicio de la II Guerra Mundial, fue
necesario suspender la segunda publicación y no fue hasta los años 50s cuando
se resumieron las publicaciones. Con el incremento del transporte por
ferrocarril, se introdujeron nuevos términos como DCP (Delivered Costs Paid),
FOR (Free On Rail) and FOT (Free On Truck).
En 1967 se publicó nuevamente una tercera revisión
incluyendo los términos DAF (Delivered at Frontier) y DDP (Delivered at
Destination).
A medida que avanzaba el comercio y los medios de
transporte aéreos cobraban mayor importancia, fue necesario actualizarlos
nuevamente incluyendo los términos FOB Airport (Free On Board Airport).
En 1980 con la expansión del transporte de carga
contenerizada y nuevos procesos documentales, fue necesaria otra revisión. Se
introdujeron los Incoterms FRC (Free Carrier… Named at Point), el cual no solo
consideraba la recepción al costado del buque, sino que también en cualquier
punto designado en tierra, a saber, la esplanada de contenedores.
La quinta revisión de 1990 simplificó el término
Free Carrier eliminando las especificaciones para cada medio de transporte (por
ejemplo: FOR-Free On Rail, FOT-Free On Truck y FOB Airport-Free On Board
Airport). Fue considerado como suficiente el término general FCA (Free Carrier…
at Named Point).
Debido a los grandes cambios de los procesos
aduanales, en el 2000 hubo otra modificación para adaptarse a la mayoría de las
aduanas de los países.
En la penúltima versión (2010), se centraron en la
derogación de las reglas DAF (Delivered At Frontier), DES (Delivered Ex Ship),
DEQ (Delivered Ex Quay) y DDU (Delivered Duty Unpaid). Por contra, se añadieron
DAT (Delivered At Terminal) y DAP (Delivered At Place). Entre otras
modificaciones, se buscaba incrementar las obligaciones del comprador y así
forzar al vendedor a compartir más información sobre los costes.
PREÁMBULO DE LOS INCOTERMS 2020
Como ya viene siendo costumbre, la Cámara de
Comercio Internacional publica una nueva edición cada 10 años, siendo la última
de 2010, era de esperar una nueva versión 2020.
En una sociedad cada vez más globalizada y con el
avance de las nuevas tecnologías como el blockchain
para el caso de la compraventa y transporte de mercancías a nivel
internacional.
Se puede apreciar un incremento de volúmenes en los
mercados internacionales, cada vez se vende a más países, en más cantidad, con
más variedad de productos y a un ritmo más acelerado. Pero a medida que crece
el volumen y la complejidad, aumentan también las posibilidades que surjan
malentendidos y disputas. Entonces es necesario que las reglas del juego se
adapten a los nuevos tiempos.
Las reglas Incoterms sobre el uso de términos
comerciales nacionales e internacionales mitigan el riesgo, facilitando así las
transacciones del comercio mundial.
Las Reglas Incoterms 2020 tienen en cuenta la
creciente atención que se presta a la seguridad en el movimiento de mercancías,
la necesidad de flexibilizar en la cobertura del seguro, dependiendo de la
naturaleza de la mercancía y del transporte, y la demanda del sector bancario
de un conocimiento de embarque a bordo en determinadas compraventas financiadas
bajo la regla FCA.
Esta última versión ofrece una presentación más
simple y clara de todas las reglas. Se ha revisado el lenguaje, se han ampliado
tanto la introducción como las notas explicativas y los artículos se han
reordenado para reflejar mejor la lógica de la operación de compraventa.
Incoterms 2020 es también la primera versión de las
reglas que incluye una presentación “horizontal”, que agrupa todos los
artículos semejantes y permite que los usuarios vean claramente las diferencias
en el tratamiento de cuestiones específicas de las once reglas.
Se aprecia como los transportistas y navieras cada
vez aúnan más a las grandes Alianzas y trabajan para abarcar más competencias, eliminando
por el camino a muchos intermediarios (esto es posible gracias a una sociedad
más conectada). Hoy en día, una naviera es capaz de ofrecer todos los servicios
de puerta a puerta sin la contratación ni intervención de ninguna empresa
externa (son dueñas de las terminales portuarias, compañías transportistas
marítimas y terrestres, pueden realizan toda la documentación, despacho ante
aduanas, recogida y entrega de la mercancía, etc.).
Es notorio que los Incoterms han evolucionado muy
bien en el transcurso de los años, pues como se desarrollará más adelante,
únicamente hay pequeños cambios (más bien matices) en cuatro de los once
Incoterms ya existentes en la versión 2010.
Clara consecuencia de la globalización es la
necesidad de sustitución del Incoterm DAT (Entrega en la Terminal) por el de
DPU (Entrega en Lugar de Descarga). Como vemos, la realidad ha cambiado y es
necesario indicar no solamente “en la Terminal”, sino también otros destinos
como almacenes, garajes, plantas de procesamiento u oficinas; así como se
recoge en los contratos de compraventa.
INCOTERMS MULTMODAL Y MARÍTIMOS
Uno de los cambios en la versión 2010 es la
diferenciación entre aquellos Incoterms que se utilizan para el transporte
multimodal y los que son específicos para vías marítimas o fluviales
navegables. Aunque se puede utilizar los incoterms multimodales para
operaciones de cualquier tipo, es conveniente conocer las características
específicas de los que se utilizan únicamente para el transporte marítimo, que
son el FAS, el FOB, el CFR y el CIF.
Los Incoterms multimodales son los términos de
comercio internacional que pueden utilizar los compradores y vendedores para
movilizar mercancías en cualquier tipo de transporte (terrestre, aéreo y
marítimo) y también para el transporte multimodal. En éstos, la responsabilidad
se transfiere en un lugar (punto de entrega).
Las nuevas reglas dan prioridad al uso de los
multimodales, ya que en realidad se ajustan mucho mejor a las prácticas
habituales de logística internacional.
La principal diferencia de los marítimos es que las
mercancías deben cargarse por la borda de un buque y el transporte principal es
marítimo. Así como la responsabilidad se transfiere específicamente en un
puerto.
ENLACE 1
file:///C:/Users/AMD%20BASICA/Downloads/173690_La_nueva_edicin_de_los_Incoterms_2020.pdf
ENLACE 2
https://www.google.com/search?q=INCOTERMS&client=opera&hs=iDo&sxsrf=ALiCzsYcvnmWu3PDLNlnai_l0ItDLLJtNA:1670300538261&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=2ahUKEwj87YCykuT7AhVJIbkGHbzjCH0Q_AUoAXoECAEQAw&biw=1326&bih=658&dpr=1#imgrc=cnbPJVIYs35dNM