lunes, 5 de diciembre de 2022

TIPOS DE INCOTERMS

1. EXW: Ex Works / En Fábrica

DESCRIPCIÓN         

El vendedor es responsable de entregar las mercancías en sus instalaciones propias o externas designadas por el mismo. El comprador asume todo el riesgo desde allí hasta el destino. En condiciones Ex Works el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propios locales, pero no tiene ninguna obligación de cargar la mercancía en el vehículo que venga a recoger la mercancía, ni tampoco despachar la mercancía para la exportación. La regla Incoterm EXW significa la mínima obligación para el vendedor.

-   El vendedor/exportador pone la mercancía a disposición del comprador en sus propios almacenes, únicamente se ocupa del embalaje de ésta.

-       El comprador/importador asume todos los gastos y responsabilidades desde que la mercancía cruza el almacén, antes de cargarla. El seguro no es obligatorio, pero de contratarse, lo asumiría el comprador ya que es quién asume

 


              2.  FCA: Free Carrier / Franco Porteador


       DESCRIPCIÓN    

 

El vendedor entrega la mercancía al porteador (el responsable de realizar el porte) o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar acordado. Si el punto de entrega es en las instalaciones del vendedor, la mercancía se entrega con su carga en los medios de transporte dispuestos por el comprador. Si el lugar designado es otro, la mercancía se entrega cuando está preparada para la descarga sobre los medios de transporte del vendedor en el punto acordado. Se recomienda especificar con todo detalle el punto del lugar de entrega acordado, ya que el riesgo se transmite al comprador con la entrega de la mercancía.

-          El vendedor/exportador entrega la mercancía en un punto acordado y asume costes y riesgos hasta la entrega de la mercancía en ese punto convenido, incluidos los costes del despacho de exportación. Se ocupa del transporte interior y de las gestiones aduaneras de exportación, excepto si el lugar designado son las instalaciones del vendedor (FCA almacén), en cuyo caso la mercancía se entrega en dicho punto cargada en los medios de transporte dispuestos por el comprador, asumiendo el coste el comprador.

 

-          El comprador/importador asume los gastos desde la carga a bordo hasta la descarga, incluido el seguro si se contratara por ser quién asume el riesgo cuando se carga la mercancía en el prime

 

3. FAS: Free Alongside Ship / Libre al Costado del Buque


          DESCRIPCIÓN   

El vendedor entrega la mercancía al comprador cuando la mercancía se coloca al costado del buque (o barcaza) designados por el comprador en el puerto de embarque. A partir de este punto, el riesgo lo asume el comprador.

La regla FAS exige al vendedor que despache la mercancía para la exportación, en caso aplicable. Sin embargo, exime al vendedor de cualquier obligación de despachar la mercancía, pagos de derechos o trámites aduaneros de importación.

-          El vendedor/exportador entrega la mercancía en el muelle de carga del puerto de origen y asume los gastos hasta la entrega, así como los trámites aduaneros de exportación.

 

-          El comprador/importador gestiona la carga a bordo, estiba, flete y demás gastos hasta entrega en destino, incluido el despacho de importación y el seguro, si se contratara, ya que no es obligatorio. Además, asume los riesgos una vez la mercancía está en el muelle de carga antes de cargarse en el buque.


              4. FOB: Free On Board / Libre a Bordo


 DESCRIPCIÓN    


El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque. El riesgo se transmite cuando las mercancías están a bordo del buque.

Se recomienda especificar con todo detalle el punto de carga en el puerto de embarque acordado, ya que los riesgos y costes hasta dicho punto los asume el vendedor.

Este Incoterm solo se utiliza para transporte marítimo y no debe emplearse para mercancías en contenedores ya que la responsabilidad se transmite cuando la mercancía se carga a bordo del buque (la mercancía está físicamente tocando el suelo del buque), pero los contenedores no se cargan en cuanto llegan a la terminal. Por tanto, si la mercancía sufriera algún daño mientras está en el contenedor sería muy difícil establecer cuando sucedió.

-          El vendedor/exportador asume los gastos hasta la subida a bordo de la mercancía (momento en el que transmite también los riesgos), así como el despacho de exportación y gastos en origen. También se encarga de contratar el transporte si bien este corre por cuenta del comprador.

 

-          El comprador/importador se encarga de los costes del flete, descarga, trámites de importación y entrega en destino, así como del seguro si lo quisiera contratar. La transmisión de riesgos tiene lugar cuando la mercancía está a bordo.


          5. CFR: Cost and Freight / Coste y Flete

          DESCRIPCIÓN     

El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque. El riesgo se transmite cuando las mercancías están a bordo del buque.

Se recomienda especificar con todo detalle el punto de carga en el puerto de embarque acordado, ya que los riesgos hasta dicho punto los asume el vendedor.

A diferencia del Incoterm FOB, el vendedor debe asumir los costes del flete hasta la llegada al puerto de destino acordado.

Este Incoterm solo se utiliza para transporte marítimo y no debe emplearse para mercancías en contenedores ya que la responsabilidad se transmite cuando la mercancía se carga a bordo del buque (la mercancía está físicamente tocando el suelo del buque), pero los contenedores no se cargan en cuanto llegan a la terminal. Por tanto, si la mercancía sufriera algún daño mientras está en el contenedor sería muy difícil establecer cuando sucedió.

-          El vendedor/exportador se hace cargo de todos los costes hasta que la mercancía llega al puerto de destino, incluido el despacho de exportación, los gastos en origen, el flete y generalmente los gastos de descarga.

 

-          El comprador/importador se ocupa de los trámites de la importación y el transporte hasta el destino. También asume el riesgo en el momento en que la mercancía está a bordo, por lo que, aunque no es obligatorio, suele contratar seguro.

 

6. CIF: Cost, Insurance and Freight / Coste, Seguro y Flete

         

 DESCRIPCIÓN          

El vendedor asume el coste y el flete, derechos no pagados, hasta el puerto de destino convenido. La entrega y el riesgo se transmiten cuando las mercancías están a bordo del buque.

-          El vendedor/exportador asume, como en CFR, todos los gastos hasta la llegada al puerto de destino incluyendo despacho de exportación, gastos en origen, flete y generalmente descarga. Pero, además, debe contratar un seguro donde el beneficiario es el comprador

(el riesgo se transfiere al comprador una vez la mercancía esté cargada a bordo)

 

-          El comprador/importador es quien asume los gastos de importación y el transporte hasta destino. Es también el beneficiario del seguro obligatorio.

 

7. CIP: Carriage and Insurance Paid/ Transporte y Seguro Pagados Hasta


           DESCRIPCIÓN 


El vendedor paga el transporte hasta el destino acordado, pero entrega las mercancías al comprador (con transmisión del riesgo) poniéndola en poder del porteador contratado por dicho vendedor. Este Incoterm exige al vendedor que contrate una cobertura de seguro en las condiciones ICCA o similar.

El vendedor debe fijar una cobertura de seguro en cumplimiento de las Cláusulas A, aunque también queda a disposición de comprador y vendedor acordar un nivel inferior de cobertura. En los Incoterms 2010 con la cobertura de seguro limitada era suficiente.

-          El vendedor/exportador corre con los gastos hasta la entrega en el lugar convenido en destino, es decir, los gastos en origen, despacho de exportación, flete y, además, el seguro que es obligatorio.

 

-          El importador/importador se encarga de los trámites de importación y la entrega a destino y asume el riesgo cuando se carga la mercancía en el primer medio de transporte.


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